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El nuevo año llega con 12 feriados inamovibles por carnaval, fechas patrias y celebraciones religiosas, más cuatro que se trasladan para generar un total de 8 fines de semana largos.Serán no laborables con fines turísticos los días lunes 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre, mientras que el Día de la Soberanía Nacional se adelanta del miércoles 20 de noviembre al lunes 18.
Todos los feriados de 2019
Enero

1. Año nuevo. Feriado inamovible.

Febrero

No hay feriados.

Marzo

4 y 5. Carnaval. Feriado inamovible. Fin de semana largo.

24. Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Feriado inamovible. Fin de semana largo.

Abril

2. Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Feriado inamovible.

18. Jueves Santo. No laborable.

19. Viernes Santo. Feriado inamovible. Fin de semana largo de Pascua.

19, 20, 21, 25, 26 y 27. Pascuas Judías. No laborable, solo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399.

24. Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos, en conmemoración del genocidio armenio. No laborable para empleados y funcionarios de organismos públicos y alumnos de origen armenio, según dispone la ley 26.199.

Mayo

1. Día del Trabajador. Feriado inamovible.

25. Día de la Revolución de Mayo. Feriado inamovible.

Junio

4. Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán. Día no laborable solo para quienes profesen la religión islámica, según dispone la ley 23.399.

17. Día del Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes. Fin de semana largo.

20. Día Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano. Feriado inamovible.

Julio

8. Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.

9. Día de la Independencia. Feriado inamovible.

Agosto

11. Fiesta del Sacrificio. Día no laborable solo para habitantes que profesen la religión islámica, según dispone la 23.399.

17. Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.

19. Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.

31. Año nuevo islámico. Día no laborable solo para quienes profesen la religión islámica, según dispone la 23.399.

Septiembre

29 y 30. Año nuevo judío. No laborable, solo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la 23.399.

Octubre

1. Año nuevo judío (Rosh Hashaná). No laborable, solo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399.

8 y 9. Día del Perdón (Iom Kipur). No laborable, solo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399.

12. Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

14. Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.

Noviembre

18. Día de la Soberanía Nacional (20/11, se adelanta). Fin de semana largo.

Diciembre

8. Inmaculada Concepción de María. Feriado inamovible.

25. Navidad. Feriado inamovible.

31. Fin de año. Feriado inamovible.
Fuente: Ministerio del Interior

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