El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a María Luisa Vidal Rueda y Susana Ester Landaburo en una causa por trata de personas con fines de explotación sexual iniciada hace 14 años en el departamento Gualeguaychú.   En cambio, el tribunal rechazó el pedido de sobreseimiento presentado por Rubén Darío Mendoza, quien deberá enfrentar un juicio oral. Para avanzar con esa instancia, las partes deberán presentar previamente sus respectivas listas de testigos.   La resolución fue dictada el 5 de agosto de 2026 y se fundamentó en el paso del tiempo sin que el Estado ejerciera su potestad punitiva dentro de los plazos establecidos por la ley.   Según planteó la defensa, los hechos investigados ocurrieron el 18 de noviembre de 2012 y el último acto procesal con capacidad para interrumpir el plazo de prescripción fue la citación a juicio, realizada el 21 de noviembre de 2014.   El delito imputado -trata de personas mayores de edad agravada- contempla una pena máxima de diez años. Como desde 2014 no se registraron nuevos actos procesales con capacidad para interrumpir o suspender el curso de la prescripción, el tribunal consideró que el plazo legal se encontraba ampliamente cumplido.   En consecuencia, se declaró extinguida la acción penal y se dispuso el sobreseimiento de Vidal Rueda y Landaburo. La resolución fue firmada por la jueza Mariela Emilce Roja y el juez Mario Jorge Gambacorta.   Una causa que comenzó en 2012 y ya tenía una condena     La resolución se enmarca en una investigación que ya había derivado en una condena. En 2023, mediante un juicio abreviado en el que se reconocieron los hechos, Juan Ramón Gregorio Landaburo fue condenado a cuatro años de prisión domiciliaria como autor del delito de trata de personas con fines de explotación sexual.   La condena contempló las modalidades de captación, traslado y acogimiento, con aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de las víctimas y agravante por el número de personas afectadas.   La investigación se inició a partir de una denuncia presentada en 2012 por una representante de la organización civil “Mujeres en Acción”, que alertó sobre la presunta explotación sexual de mujeres jóvenes en dos locales nocturnos que funcionaban bajo la fachada de whiskerías: “Caburé II”, ubicado a la altura del kilómetro 54 de la autovía nacional 14, y “Caburé III”, situado sobre la ruta provincial 20, en cercanías de Escriña, ambos en el departamento Gualeguaychú.   De acuerdo con la investigación, la maniobra consistía en la captación y traslado de mujeres, principalmente oriundas de la provincia de Misiones, para luego someterlas a explotación sexual.   Las tareas de inteligencia realizadas por la Policía Federal determinaron que las víctimas permanecían en los mismos locales donde eran explotadas, bajo custodia durante las 24 horas y, en algunos casos, con sus documentos personales retenidos.   Además, según la investigación, los clientes abonaban entre $250 y $300 -valores correspondientes a 2012- por los denominados “pases” y $500 por las “salidas”. El dinero era controlado por las encargadas de los locales.   Las mujeres eran rotadas aproximadamente cada 20 días entre los distintos establecimientos vinculados a los principales acusados y, según surge de la causa, no podían abandonar los prostíbulos ni elegir a sus clientes.   Una estructura familiar     De acuerdo con el fallo del juicio abreviado de 2023, la estructura investigada también involucraba a integrantes de una misma familia.   Juan Ramón Landaburo y su esposa, María Luisa Vidal Rueda, eran señalados como propietarios de las whiskerías y del Hotel Amancay, ubicado en la esquina de 25 de Mayo y Alem, en Gualeguaychú.   Por su parte, Susana Ester Landaburo, hermana de Juan, era sindicada como encargada de los locales.   Con la resolución del Tribunal Oral Federal de Paraná, el paso del tiempo determinó la prescripción de la acción penal respecto de Vidal Rueda y Susana Landaburo, por lo que ambas fueron sobreseídas.   Mendoza, en cambio, deberá afrontar un juicio oral. En la causa es señalado como encargado de la whiskería “El Caburé III”.   El acusado registra además un antecedente penal: el 5 de diciembre de 2023 fue condenado a dos años y un mes de prisión condicional por los delitos de lesiones leves agravadas contra su pareja, en un contexto de violencia de género, y amenazas coactivas.