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Un proyecto propone crear por ordenanza un Régimen de Transición del Gobierno Municipal. En la sesión de este martes se dispuso su pase a comisión para ser analizado.

El período de transición daría comienzo con el escrutinio definitivo y finalizará con la asunción de mando de las autoridades electas, exceptuando las ocasiones en que el intendente en funciones renueve su mandato.

Se conformaría un Comité de Transición de Gobierno compuesto por un máximo de seis miembros: tres designados por el presidente municipal en funciones y tres por quien resulte electo. Los designados por el intendente en ejercicio no podrán revestir el cargo inferior al de subsecretario. El mismo será coordinado por el Secretario de Gobierno actual o quién cumpliera dicha función. La actividad de los integrantes de esta comisión será ad honorem. Tendrá como objetivo recabar, sistematizar y procesar toda la información que se considere por las partes de utilidad para el traspaso e inicio de las actividades gubernamentales.

El Informe Final de Transición tendrá carácter de Declaración Jurada y deberá ser entregado por el presidente municipal en funciones al electo en un plazo de 10 días previos a su asunción. Contendrá como mínimo los siguientes datos: 1.- Estado de la Administración General del Municipio en sus aspectos administrativos, organizativos y funcionales. 2.- Ejecución del Cálculo de Recursos. 3.- Ejecución de Presupuesto de Gastos. 4.- Nómina de acreedores. 5.- Planilla de Evolución del Pasivo. 6.- Deuda consolidada. 7.- Situación del Tesoro. 8.- Planilla de Estado de Saldos. 9.- Planilla de Recursos Afectados. 10.- Detalle de los fondos Nacionales ingresados. 11. Planilla analítica de Cuentas Especiales y Fondos de Terceros. 12. Listado de Juicios Sumarios. 13. Nómina de personal de planta permanente. 14.- Nomina de contratados bajo la modalidad contrato de servicios y contrato de obra. 15.- Informe sobre proyección financiera de recursos y gastos a corto plazo. 16.- Inventario general de los bienes de dominio privado del Municipio.

En caso de que no hubiere acuerdo en la redacción del Informe Final de Transición entre los representantes del gobierno en ejercicio y los del gobierno electo, podrán producir informes de manera independiente.

A los efectos de la integración del comité, se realizará un primer encuentro entre las autoridades salientes y electas, que tendrá lugar dentro de los 10 días posteriores a la proclamación de las autoridades electas por la Junta Electoral. Dicho encuentro será convocado por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Por otra parte, el proyecto establece que el Departamento Ejecutivo Municipal no podrá efectuar designaciones, pases a planta permanente, ni recategorizaciones de personal de cualquier naturaleza que afecten fuentes de financiamiento presupuestarias durante el último año calendario de gestión.

“Son necesarias normas claras que permitan llevar adelante una transición ordenada, transparente, eficiente y confiable”, indican los concejales del bloque Vecinalismo por San José, autores de la iniciativa.

“Se debe garantizar que el nuevo gobierno electo pueda acceder a la información y recursos necesarios para ingresar a la gestión sin perjuicio de las actividades gubernamentales. El gobierno saliente tiene la obligación de entregar al gobierno electo toda la documentación y datos relevantes para la toma de decisiones”, agregan.
Fuente: El Entre Ríos

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