Aunque en segunda instancia el Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó la sentencia, el fallo fue recurrido y no está firme.
La decisión del Ministerio de Salud de Entre Ríos
Un dictamen que firmó el abogado Germán Coronel, asesor legal del Ministerio de Salud de Entre Ríos, señala que "de la sentencia confirmatoria" fechada por la Justicia rionegrina el 29 de septiembre último "se desprende sin más que el médico Leandro Javier Rodríguez Lastra" ha sido procesado y condenado en su condición de médico, a la pena de un año y dos meses de prisión en suspenso, y a dos años y cuatro meses de inhabilitación para desempeñar cargos públicos y costas. Y resalta que el artículo 20° del Constitución Provincial establece que "la inhabilitación especial producirá la privación del empleo, cargo, profesión o derecho sobre el que recayera y la incapacidad para obtener otro del mismo género durante la condena". "Si bien el registro de una matrícula de médico no importa cargos ni empleos públicos, pero sí el de ostentar una ´comisión pública´ o ´ejercicio de la profesión´ en el sistema sanitario provincial", señala Coronel plantea que la Ley N° 3.818, que regula las habilitaciones de matrículas, "se desprende una fuerte regulación y tutela estadual de esta profesión de médico, en atención al interés general y público de la comunidad (salud de la población), lo que implica a favor de esta (desde lo legal, deontológico, médico y ético), una condición indispensable de la actividad de la medicina, para que todo el interés privado y público pueda, efectivamente, prevalecer y conseguirse en beneficio de toda la comunidad. Este es; entre otros, el Cometido Público que la matricula de médico, como mandato concreto y efectivo, otorga a los profesionales de la medicina en cumplimiento de los fines de la ley, a través de la autorización o habilitación para ejercer la profesión"."Observamos -señala el dictamen del asesor legal de Salud- que Rodríguez Lastra ha sido condenado a pena de prisión en suspenso e inhabilitado para el ejercicio de la profesión por el plazo de dos años y cuatro meses para desempeñar cargos públicos y costas (. . . ) conforme lo informado en la página oficial de la Justicia rionegrina; y que, conforme al alcance que tiene dicha inhabilitación, entiendo que el mismo el mismo debería ser suspendido en la matrícula de médico en atención a la condena recibida, mientras y hasta que tal condena sea cumplida".
La réplica del médico
La decisión de Salud de suspenderle la matrícula "hasta que cumpla la condena" mereció un reproche de Rodríguez Lastra, que grabó un video en el que dice: "Para empezar, mínimo conocimiento de Derecho: no hay pena si no hay una sentencia firme. En este caso, no hay sentencia firme. Yo podría trabajar donde quisiera. Sin embargo, si pensamos en la pena, la sentencia habla de que no se me permite trabajos en cargos públicos. No se me inhabilita como médico. Es más, esta decisión fue apelada por Fiscalía y en segunda instancia se ratificó que la imposición es de no trabajar en cargos públicos. Pero puedo ejercer la medicina, eso es algo fundamental. Y eso es algo que se tiene que saber, pero parece que esta gente (por el Ministerio de Salud de Entre Ríos) no sabe. Lo que significa esto es un atropello absoluto. Es impedirme trabajar por el simple hecho de pensar distinto".Y apuntó: "A ver, ¿te suena a dictadura? Esto es una dictadura. Estamos fuera de un estado de Derecho. Por pensar distinto, me impedís trabajar. No tiene ninguna lógica".La justicia no me impide ejercer mi profesión, la persecución ideológica y mediática si.#CuandoSalvarVidasSeConvirtioEnDelito pic.twitter.com/oXQJuMfFRe
— Leandro Rodriguez Lastra (@LeandroRLok) November 27, 2020
El médico condenado por impedir un aborto legal en un hospital público, señaló: "Yo necesito mantener a mi familia. Yo necesito trabajar, al igual que vos. Todos necesitamos trabajar. Ahora, que una decisión arbitraria me impida trabajar, nos está mostrando a las claras cuál es la situación que estamos viviendo. Voy a seguir adelante. Vamos a seguir peleando".